Ya se pueden presentar las obras para el concurso de la Felicitación de Navidad

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BASES DEL CONCURSO DE LA FELICITACIÓN NAVIDEÑA 2.016.

Vista las bases del concurso para Felicitación de Navidad 2.016, elaboradas por la Delegación de Fiestas Mayores.

Visto asimismo, el informe emitido por la Intervención Municipal, de fecha 7 de Octubre de 2.016, sobre existencia de consignación presupuestaria.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los seis miembros que la integran, acuerda:

PRIMERO: Aprobar las bases del concurso para la elección del cartel de Felicitación de Navidad 2.016, que dice como sigue:

Podrán participar en este concurso todos los artistas que lo deseen.

  • El tema de las obras será la Navidad . Las obras no deben llevar ninguna leyenda.

  • Cada concursante podrá presentar una única obra, debiendo ser un original inédito.

  • Las dimensiones de las obras serán la de un A-3 y las obras se presentarán sobre soporte rígido.

  • La técnica será libre.

  • El original se presentará en Secretaría General dentro del plazo indicado, cerrado, sin forma ni señal de identificación alguna, acompañado de un sobre que contenga nombre, teléfono de contacto y domicilio del autor.

  • La Junta de Gobierno, con la colaboración que precise, procederá a la elección del cartel premiado.

  • Ningún miembro de la Junta de Gobierno podrá participar en el concurso.

  • Se establece un premio de 150 euros, que se otorgará al autor de la Felicitación Navideña premiada.

  • La obra premiada pasará a ser propiedad del Excmo. Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor, y ésta podrá ser utilizada en cuantas publicaciones sea necesario.

  • El plazo de presentación de originales en el Ayuntamiento terminará el 17 de noviembre a las 14:00 horas.

  • Criterios de Valoración. Se valorará la calidad y originalidad de la obra.

  • El fallo de la Junta de Gobierno se hará público dentro de los dos días siguientes al de la terminación del plazo de admisión de trabajos.

  • Si los trabajos presentados no reunieran la calidad mínima exigible a juicio del jurado, éste podrá declarar el concurso desierto.

  • Las obras no retiradas antes de los quince días naturales después del fallo de la Junta de Gobierno pasarán a formar parte del patrimonio del Ayuntamiento.

  • La participación en el concurso llevará implícita la aceptación de todas estas bases y el fallo del jurado.

  • Con carácter previo a la obtención del premio, el ganador deberá aportar:

  • Certificación acreditativa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias de la Administración del Estado. Esta certificación podrá obtenerse en la forma establecida en el Real Decreto 263/1996, de 16 de febrero, por el que se regula la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración General del Estado, con las modificaciones introducidas por el Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero, y de acuerdo a la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. 

  • Certificación acreditativa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma. Esta certificación podrá ser solicitada y expedida por medios electrónicos establecidos en el Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medio electrónicos(internet), através del portal de la Administración de la Junta de Andalucía http://www.juntadeandalucia.es.

  • Certificación acreditativa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligacionestributarias con el Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor. Esta certificación se aportará al expediente administrativo de oficio.

  • Certificación acreditativa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social por las disposiciones vigentes.

  • Régimen Jurídico. En todo lo no previsto en las presentes Bases, se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administracione Públicas y la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.

SEGUNDO: Efectuar convocatoria del referido concurso, ajustada a los términos previstos en las Bases aprobadas en el punto anterior.

TERCERO: Publicar el anuncio de la convocatoria el el Tablón de Edictos Municipal y en la página web del Ayuntamiento www.sanlucarlamayor.es, pudiendo presentarse las propuestas de los concursantes durante el plazo comprendido entre el día siguiente a la publicación del anuncio en el Tablón de Edictos y página web del Ayuntamiento hasta las 14,00 h. del 17 de Noviembre de 2.016.

CUARTO: Notifíquese a la Intervención Municipal, así como a la Delegación de Fiestas Mayores, a efectos de impulsar el expediente.

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