¿HAY QUE ENTREGAR ALGUNA SOLICITUD O DOCUMENTACIÓN?
Tener una edad comprendida entre 18 y 29 an~os, ambos inclusive, y estar inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garanti´a Juvenil.
¿Cómo puedo participar en el Programa Emple@Joven?
Presentando una solicitud de inscripción en la oficina de empleo. Para ello debes pedir Cita Previa con tu oficina de empleo.
¿Dónde se puede solicitar Cita Previa?
- A través de internet en www.citaempleo.es
- Llamando al 954 78 61 89
¿Es necesaria la inscripción como demandante de empleo (SAE) para participar?
Sí. la seleccio´n se realizara´ entre las personas desempleadas, residentes en el municipio de referencia, propuestas por el Servicio Andaluz de Empleo.
¿Qué documentación deberá presentar la persona joven que solicite la inscripción en el Programa Emple@Joven?
- Documento identificativo: NIF o NIE
PARA EMPLE@30+ y EMPLE@JOVEN:
1. La seleccio´n se realizara´ entre las personas desempleadas, residentes en el municipio de referencia, propuestas por el Servicio Andaluz de empleo sobre la base de la adecuacio´n al perfil solicitado para el puesto de trabajo ofertado, con el siguiente orden de prelacio´n:
a) en primer lugar, las personas beneficiarias del Ingreso Mi´nimo de Solidaridad, de acuerdo con el Decreto 2/1999, de 12 de enero, y las personas solicitantes del Programa de Solidaridad respecto de las que las Comisiones provinciales de Valoracio´n previstas en el considerado Decreto hayan formulado propuestas de resolucio´n sobre la concesio´n del Ingreso Mi´nimo de Solidaridad.
b) en segundo lugar, las personas desempleadas de larga duracio´n, que hayan agotado la prestacio´n por desempleo de nivel contributivo o asistencial en los u´ltimos doce meses.
c) en su defecto, las personas desempleadas de larga duracio´n, en general.
d) en u´ltimo lugar, las personas desempleadas en general.
2. Dentro de cada grupo de prioridad se ordenara´n las personas candidatas atendiendo a la mayor
disponibilidad para el empleo, a la fecha de solicitud de ocupacio´n o, en su defecto, a la fecha de inscripcio´n, de la ma´s antigua a la ma´s reciente.
3. Si en el municipio en el que se ejecute la actuacio´n no existieran personas incluidas en el apartado 1 de este arti´culo que cumplan los requisitos de la oferta, la bu´squeda se ampliara´ a los municipios del A´rea Territorial de empleo correspondiente, a la provincia o a la Comunidad Auto´noma de Andaluci´a, en su caso, aplicando los mismos criterios de prelacio´n antes descritos.
4. A los efectos de la presente Seccio´n, tendra´n la consideracio´n de personas desempleadas de larga duracio´n aquellas que hayan permanecido inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Andaluz de empleo durante 360 di´as en los dieciocho meses inmediatamente anteriores o, al menos, durante 180 di´as en los nueve meses inmediatamente anteriores, si esta´n inscritas como trabajadores agrarios, a la fecha de realizacio´n de bu´squeda de candidaturas.
5. Los ayuntamientos debera´n presentar oferta de empleo ante el Servicio Andaluz de empleo con una antelacio´n mi´nima de quince di´as a la fecha prevista para la realizacio´n de las correspondientes contrataciones, con las siguientes caracteri´sticas:
a) La oferta debera´ estar formulada de forma precisa y ajustada a los requerimientos del puesto de trabajo, pudiendo admitirse como criterios de seleccio´n los relativos a la titulacio´n y a la formacio´n, siempre que tengan relacio´n directa con su desempen~o, este´n justificados en la Iniciativa y sean coherentes con la resolucio´n de concesio´n. en el documento de solicitud de oferta se identificara´ la Iniciativa distinguiendo los li´mites de edad recogidos en el arti´culo 8 de esta Ley.
b) el Servicio Andaluz de empleo proporcionara´ a la entidad beneficiaria tres personas candidatas adecuadas y disponibles, si las hubiere, por puesto de trabajo solicitado. La remisio´n de nuevas personas candidatas solo se producira´ cuando los ayuntamientos justifiquen documentalmente esa necesidad, por incumplimiento de los requisitos de la oferta o por rechazo voluntario o incomparecencia de las personas candidatas seleccionadas.