Informa: Don Antonio Manuel Pérez Márquez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Sanlácar la Mayor
Por medío de/presente se comunica a todos los vecinos de Sanlúcar la Mayor que sean propietarios de terrenos o solares tanto en zonas urbanas o urbanizables como en las no urbanizables que, considerando lo dispuesto en los artículos 155 de la ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía, y 10 del Reglamento de Disciplina Urbanística en el sentido de que «los propietarios de terrenos, construcciones y edificios, tienen el deber de mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, realizando los trabajos precisos para conservarlos y rehabilitarlos, a fin de mantener en todo momento las condiciones requeridas para la habitabilidad o el uso efectivo y que los municipios podrán ordenar, de oficio o a instancia de cualquier interesado, la ejecución de las obras necesarias para conservar aquellas condiciones», que a partir de este momento y sobre todo durante la temporada de primavera verano por el elevado riesgo de incendios, deberán mantenerse estos solares y terrenos completamente limpios de malas yerbas y residuos.
Aquellos solares que no se encuentren vallados deberán serlo con valla o cerramiento de material opaco, con una altura de dos metros, revocado y pintado, y deberá seguir la línea de edificación, entendiendo por tal la que señala a un lado y otro de la calle o vía pública el limite a partir del cual podrán o deberán levantarse las construcciones.
Se advierte además a los titulares de los solares que de no seguir estas normas podrá iniciarse expediente sancionador al propietario con imposición de multa y a la ejecución subsidiaria por parte del Ayuntamiento con cargo al infractor y que según la Ordenanza fiscal Reguladora de la tasa por prestación de servicios urbanísticos de Sanlúcar la Mayor, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla n° 224 con fecha 26 de septiembre de 2013, el procedimiento de limpieza de solares y terrenos, está sujeto a una tasa de 305,04 euros para cubrir los trámites administrativos que genere.